ARPA4 · FORMADORES · COMUNIDAD DE MADRID
Inscribirse es voluntario: no necesitas estar en el Registro para ejercer como formador. Pero puede facilitar la contratación, la intermediación laboral y la gestión administrativa cuando vas a impartir Certificados Profesionales u otras especialidades formativas en Madrid.
LA DUDA PRINCIPAL
No. La propia Comunidad de Madrid indica que la inscripción es voluntaria y se realiza a solicitud de la persona interesada. No estar inscrito no impide ejercer la actividad si cumples los requisitos legales para impartir la acción formativa.
QUÉ ES
La Comunidad de Madrid destaca que el Registro permite a centros y entidades localizar formadores previamente inscritos para determinados módulos profesionales o especialidades.
Al estar los requisitos previamente revisados, puede simplificarse la gestión administrativa cuando un centro necesita incorporar formadores a una acción formativa.
Los formadores inscritos que quieran participar en servicios de intermediación pueden acudir a su oficina de empleo e inscribirse como formadores de formación para el empleo.
La inscripción se vincula a los módulos profesionales, bloques formativos o especialidades para los que acreditas los requisitos. No es una habilitación genérica para impartir cualquier materia.
REQUISITOS
Para Certificados Profesionales y otros grados A, B y C hay que demostrar dos grandes bloques: competencia profesional relacionada con el módulo y competencia docente.
Debes acreditar la titulación exigida o la experiencia profesional vinculada con las competencias y resultados de aprendizaje de los módulos para los que solicitas la inscripción.
Para grados A, B y C, el Decreto 9/2026 contempla el Certificado Profesional de Habilitación para la Docencia SSC_C_017_5B o una de las titulaciones o acreditaciones alternativas previstas en el artículo 168.5 del RD 659/2023.
DOCUMENTACIÓN
Documentación acreditativa del nivel formativo y de la titulación requerida para el módulo o especialidad solicitada. Los títulos extranjeros deben estar homologados cuando corresponda.
Contratos, certificados de empresa o de servicios prestados que permitan comprobar puestos, funciones, categoría y jornada relacionados con las competencias solicitadas.
SSC_C_017_5B, SSCE0110 equivalente, Máster de Profesorado u otra titulación/acreditación válida conforme a la normativa aplicable.
Si solicitas especialidades en teleformación, pueden exigirse además las acreditaciones específicas de formación o experiencia en el uso de tecnologías de información y comunicación.
CÓMO SOLICITARLO
No presentes una solicitud genérica. Identifica las materias concretas para las que puedes demostrar titulación o experiencia relacionada.
Reúne títulos, certificados profesionales, acreditación docente y documentación de experiencia laboral cuando sea necesaria.
El trámite se realiza a través de la Cuenta Digital de la Comunidad de Madrid utilizando un sistema de firma electrónica admitido.
Podrás consultar el estado, aportar documentación y atender una posible solicitud de subsanación.
PLAZOS
La inscripción puede solicitarse durante todo el año y no tiene tasa. La sede electrónica fija un plazo máximo de resolución de seis meses y señala efecto estimatorio del silencio administrativo.
Si la Administración necesita que subsanes o aportes documentación, el trámite oficial establece un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
¿MERECE LA PENA?
Si tu objetivo es buscar trabajo de forma activa como formador en Madrid, sí puede ser interesante. No porque el Registro sustituya los requisitos legales, sino porque hace visible que ya has acreditado determinados módulos o especialidades y puede facilitar la contratación por centros y entidades.
PREGUNTAS FRECUENTES
No. La Comunidad de Madrid indica expresamente que la inscripción es voluntaria y que no es necesaria para ejercer la actividad, aunque todos los formadores deben cumplir los requisitos legales de la formación que impartan.
El trámite no requiere el pago de tasas.
La solicitud está abierta de forma permanente.
Es la habilitación docente actualmente prevista para grados A, B y C. Además debes acreditar la titulación o experiencia relacionada con los módulos concretos para los que solicitas la inscripción.
No necesariamente. El artículo 168.5 contempla titulaciones y acreditaciones que eximen del certificado de habilitación docente, entre ellas el Máster de Profesorado.
No. La inscripción se realiza para módulos, bloques o especialidades concretos y debes cumplir los requisitos correspondientes a cada uno.
Sí. La Comunidad permite presentar un nuevo formulario para comunicar cambios, ampliar o dar de baja módulos o especialidades.
No. Puede facilitar la intermediación y la contratación, pero no garantiza una oferta de empleo.
Consulta la convocatoria actual del SSC_C_017_5B de ARPA4 para obtener la habilitación para la docencia en grados A, B y C.