ARPA4 · CERTIFICADOS PROFESIONALES · ACCESO NIVEL 3
El SSC_C_017_5B es un Certificado Profesional de nivel 3. Para acceder debes cumplir alguna de las vías previstas por la normativa. Bachillerato, Técnico o Técnico Superior son algunas de ellas, pero no son las únicas.
LA RESPUESTA CORTA
Al ser un Certificado Profesional de nivel 3, el acceso se rige por el artículo 75 del Real Decreto 659/2023. La norma exige cumplir al menos una de las vías de acceso previstas para este nivel.
Esto significa que no es obligatorio tener una carrera universitaria para entrar en el curso. Tampoco basta con querer dedicarse a la docencia: hay que poder acreditar una vía de acceso válida al nivel 3.
ARTÍCULO 75 DEL RD 659/2023
La normativa estatal establece que para acceder a un Certificado Profesional de nivel 3 puedes hacerlo si cumples alguna de estas condiciones:
Estar en posesión del título de Bachiller o de una titulación equivalente a efectos de acceso.
Disponer de un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional.
Contar ya con otro Certificado Profesional de nivel 3.
Tener un certificado de competencia incluido en la oferta formativa que se va a realizar, cuando proceda.
Disponer de un Certificado Profesional de nivel 2 de la misma familia profesional.
No es necesario reunir todas las condiciones anteriores: basta con poder acreditar una de las vías válidas de acceso.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA
La propia norma amplía las posibilidades de acceso y considera equivalentes, entre otras, determinadas vías que muchas personas desconocen.
ARTÍCULO 76 DEL RD 659/2023
La normativa prevé que, cuando una persona no cumpla los requisitos académicos de acceso a una formación de nivel 2 o 3, la Administración competente debe verificar que posee los conocimientos previos necesarios para cursarla con aprovechamiento.
Esa verificación puede realizarse mediante comprobaciones o pruebas específicas y debe acreditar que la persona tiene los conocimientos y habilidades suficientes para cursar la formación.
En la Comunidad de Madrid, la información oficial sobre Certificados Profesionales recuerda igualmente que, para los niveles 2 y 3, quienes no tengan la titulación requerida pueden necesitar acreditar las competencias clave correspondientes.
NO CONFUNDIR DOS COSAS
Este artículo responde únicamente a quién puede acceder al SSC_C_017_5B. Una vez obtenido, para impartir determinadas ofertas de Formación Profesional pueden exigirse además titulaciones, experiencia o competencia profesional relacionadas con la especialidad concreta.
Por eso no sería correcto afirmar que el SSC_C_017_5B, por sí solo, permite enseñar cualquier especialidad de FP.
CONVOCATORIA ARPA4
ARPA4 tiene publicada una convocatoria de noviembre de 2026 a abril de 2027. La formación combina modalidad online con sesiones presenciales obligatorias para tutorías y exámenes en Madrid.
510 horas de formación más 96 horas de prácticas profesionales, según la convocatoria publicada.
Centro ARPA4 Formación, C/ Antonio, 29, cerca de Plaza Castilla.
La convocatoria publicada cuenta con 15 plazas.
Precio actualmente publicado en la página de matrícula.
La página del producto ofrece financiación; consulta allí las condiciones vigentes.
La convocatoria incluye acceso a la bolsa de empleo de ARPA4.
PREGUNTAS FRECUENTES
Sí. El título de Bachiller, o equivalente a efectos de acceso, es una de las vías previstas para entrar en un Certificado Profesional de nivel 3.
Sí, si dispones del título de Técnico. El artículo 75 del RD 659/2023 incluye expresamente el título de Técnico entre las vías de acceso al nivel 3.
Sí. El título de Técnico Superior es una de las vías directas de acceso previstas por la normativa.
Puede servir si es de la misma familia profesional, tal como establece el artículo 75.c del RD 659/2023.
Sí. La disposición adicional quinta del RD 659/2023 la contempla como una situación equivalente para el acceso a un Grado C de nivel 3.
Sí. La disposición adicional quinta recoge expresamente estas pruebas entre las vías equivalentes de acceso.
No necesariamente. Existen otras vías legales de acceso y, cuando no se cumplen los requisitos académicos ordinarios, el artículo 76 prevé mecanismos de verificación de conocimientos previos. Tu situación concreta debe comprobarse conforme al procedimiento aplicable.
El artículo 75 no menciona el título universitario como una vía independiente con esa denominación. Lo importante es acreditar alguna de las condiciones de acceso o equivalencias previstas legalmente. Si tu caso se apoya en estudios universitarios, conviene comprobar qué documentación de acceso o equivalencia debes aportar antes de formalizar la matrícula.
No. Los requisitos de acceso al certificado y los requisitos para impartir una especialidad concreta son cuestiones diferentes. Para ejercer pueden exigirse además requisitos vinculados a la materia que se vaya a impartir.
Consulta la convocatoria actual y, si tu vía de acceso no está clara, pregunta antes de formalizar la matrícula para que podamos revisar qué acreditación corresponde a tu caso.